Fiscalidad de productos desgravables |
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Límite general de la reducción: 10.000 euros o 30% de los rendimientos de trabajo y actividades económicas (la menor de las dos cantidades). Para mayores de 50 años: 12.500 euros o 50% de los rendimientos de trabajos y actividades económicas (la menor de las dos cantidades). Si el cónyuge no tiene rentas o son inferiores a 8.000 euros anuales, el contriuyente podráreducir las aportaciones al plan del cónyuge con el límite de 2.000 euros.
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